La Ley N° 2.244 establece que las personas físicas o jurídicas que comercialicen, o presten servicios a consumidores y/o usuarios en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y posean página de internet, deberán agregar un enlace con la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor.
Es el organismo oficial encargado de aplicar las leyes que protegen a los ciudadanos de Buenos Aires en su rol de consumidores de productos y servicios.